Aumentan las ventas de vehículos con combustibles alternativos

Aumentan las ventas de vehículos con combustibles alternativos

Las cifras no dejan lugar a la duda. El autogas y los combustibles alternativos están de moda y su crecimiento no cesa.

Las cifras no dejan lugar a la duda. El autogas y los combustibles alternativos están de moda y su crecimiento no cesa. El último dato es una prueba más: las matriculaciones de automóviles con combustibles alternativos y eléctricos en nuestro continente se situaron en casi 460000 unidades desde enero hasta septiembre del presente año. Para ser más exactos, 458683 nuevos coches en Europa, lo que supone una subida del 21,9%, según datos de la Asociación de Constructores Europeos de Automóviles.

Además, en el tercer trimestre del ejercicio, las entregas de este tipo de modelos alcanzaron un volumen de 141276 unidades en el mercado europeo, lo que supone un 15,6% con respecto a las 122188 unidades vendidas en dicho periodo de 2014.

Y si nos centramos en los datos de nuestro país, más de lo mismo. Recordemos los datos que sacamos recientemente, que muestra que, en España, el autogas se consolida como el primer combustible alternativo, con un crecimiento del 19% durante el primer semestre del presente año con respecto a 2014. Y no solo eso, sino que el consumo de autogas ha experimentado un crecimiento del 117% en los últimos cinco años.

Unos datos que confirman la buena salud por la que actualmente pasa el sector de los combustibles alternativos. Una opción por la que cada vez más conductores se decantan y no solo por el ahorro energético que conlleva sino, además, por las numerosas ventajas para el cuidado del medio ambiente. Así, el autogas es el combustible alternativo más utilizado no solo en España sino también a nivel mundial, con más de 25 millones de vehículos circulando en la actualidad.

Fuente: AOGLP
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El Gobierno aprueba ayudas para los vehículos con GLP y GNC

El Gobierno aprueba ayudas para los vehículos con GLP y GNC

El Gobierno ha publicado el Real Decreto que regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos, de gas licuado de petróleo (GLP/Autogás), de gas natural comprimido (GNC) y licuado (GNL) y otro tipo de vehículos (motos eléctricas y bicicletas de pedaleo). El objetivo es fomentar la sostenibilidad en el transporte, disminuir las emisiones contaminantes y reducir la dependencia energética del petróleo.

Los beneficiarios de las ayudas deberán ser las siguientes:

- Profesionales autónomos (deberán estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores).

- Personas físicas mayores de edad residentes en España (no incluidas en el primer apartado) Empresas privadas, constituidas en España y otros tipos de personas jurídicas cuyo NIF comience por las letras A,B,C,D,E,F,G,J,N,R o W.

Los vehículos sujetos a subvención son los siguientes:

-Turismos M1 

-Furgonetas o camiones ligeros N1: vehículos de motor concebidos y fabricados para el transporte de mercancías cuya masa máxima en carga técnicamente admisible no supere las 3,5 toneladas. 

-Furgones o camiones ligeros N2: vehículos de motor concebidos y fabricados para el transporte de mercancías cuya masa máxima en carga técnicamente admisible sea superior a 3,5 toneladas e inferior a 12 toneladas. 

-Furgones o camiones N3: vehículos de motor concebidos y fabricados para el transporte de mercancías cuya masa máxima en carga técnicamente admisible sea superior a 12 toneladas.

 En el caso de la adquisición de vehículos de las categorías N2 y N3, será requisito obligatorio achatarrar y dar de baja definitiva otro vehículo, acreditándolo en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.

 La cuantía de las ayudas son las siguientes: 

Para los vehículos pertenecientes a la categoría N1 propulsados por GLP/Autogás o bifuel:

-2.000 euros para aquellos vehículos con una Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible (MMTA) inferior a 2.500 kilos. 

-3.000 euros para aquellos vehículos con una Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible (MMTA) igual o superior a 2.500 kilos. 

Para los vehículos pertenecientes a la categoría N1 propulsados por GNC, GNL o bifuel: 

-2.500 euros para aquellos vehículos con una masa máxima en carga técnicamente admisible inferior a 2.500 kilos. 

-5.500 euros para aquellos vehículos con una masa máxima en carga técnicamente admisible igual o superior a 2.500 kilos. 

-8.000 euros para aquellos vehículos que se propulsen con baterías, cargadas total o parcialmente con electricidad de la red (PHEV, REEV, BEV), con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 60 kilómetros 

Para los vehículos pertenecientes a las categorías M2 y N2: 

-10.000 euros para aquellos vehículos propulsados por GLP/Autogás, GNC, GNL o bifuel 

-8.000 euros para aquellos vehículos que se propulsen con baterías, cargadas total o parcialmente con electricidad de la red (PHEV, REEV, BEV), con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 60 kilómetros 

Para los vehículos pertenecientes a las categorías M3 y N3: 

Propulsados por GLP/Autogás, GNC, GNL o bifuel: 

-10.000 euros para aquellos vehículos con una masa máxima en carga técnicamente admisible inferior a 18.000 kilos 

-20.000 euros para aquellos vehículos con una masa máxima en carga técnicamente admisible igual o superior a 18.000 kilos 

-20.000 euros para aquellos vehículos que se propulsen con baterías, cargadas total o parcialmente con electricidad de la red (PHEV, REEV, BEV), con autonomía exclusivamente eléctrica superior a 60 kilómetros.

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